lunes, abril 23, 2018

REFLEXIÓN 82. SERÁ MOTIVO PARA CONSAGRAR Y SANTIFICAR EL DOMINGO; ¿EL HECHO QUE JESÚS SE REUNIERA POR SEGUNDA VEZ CON SUS DISCÍPULOS, DESPUÉS DE SU RESURRECCIÓN?

 

"Ocho días después, estaban otra vez sus discípulos dentro, y con ellos Tomás. Llegó Jesús, estando las puertas cerradas, y se puso en medio y les dijo: Paz a vosotros". Juan 20:26. 

 *Es decir "ocho días", según el cómputo inclusivo, o sea, el domingo siguiente (ver p. 240; Nota Adicional com. Mat. 28). De acuerdo con el cómputo judío, la nueva reunión se realizó una semana más tarde, quizá otra vez por la noche (ver com. vers. 19). 

*Algunos han atribuido un significado especial al hecho de que está segunda reunión de Jesús con los discípulos ocurriera en el primer día de la semana. Han insistido en que ese fue el comienzo de la conmemoración del día de la resurrección, la ocasión para la santificación y la consagración del domingo como un día de culto. 

 Si tal hubiera sido el propósito de la reunión, de seguro esperaríamos alguna mención de un hecho tan importante; pero no hay el menor indicio de un propósito tal. 
  Por otro lado, el relato suministra una razón válida para que se efectuara la reunión: Tomás, el discípulo escéptico, estuvo presente, y Jesús vino para robustecer su fe. 
 27 Luego dijo a Tomás: Pon aquí tu dedo, y mira mis manos; y acerca tu mano, y métela en mi costado; y no seas incrédulo, sino creyente. 28 Entonces Tomás respondió y le dijo: ¡Señor mío, y Dios mío! 29 Jesús le dijo: Porque me has visto, Tomás, creíste; bienaventurados los que no vieron, y creyeron. Juan 20.

*Un hecho tan importante como la santificación del domingo, si eso fuera el caso. Jesús lo hubiera reiterado más de una vez; pero no lo hizo, porque no lo santificó. 

 *Solo existe un registro extra bíblico del siglo IV. Dado por El Emperador Constantino. 

EDICTO DE CONSTANTINO.
-La ley dada por Constantino el 7 de marzo del año 321 de J. C relativa al día de descanso, era como sigue: "Que todos los jueces, y todos los habitantes de la ciudad, y todos los mercaderes y artesanos descansen el venerable día del sol. Empero que los labradores atiendan con plena libertad al cultivo de los campos; ya que acontece a menudo que ningún otro día es tan adecuado para la siembra del grano o para plantar la viña; de aquí que no se deba dejar pasar el tiempo favorable concedido por el cielo. Codex Justinianus, lib. 3, tít. 12, párr. 2 (3). 

 "Descansen todos los jueces, la plebe de las ciudades, y los oficios de todas las artes el venerable día del sol. Pero trabajen libre y lícitamente en las faenas agrícolas los establecidos en los campos, pues acontece con frecuencia, que en ningún otro día se echa el grano a los surcos y se plantan vides en los hoyos más convenientemente, a fin de que con ocasión del momento no se pierda el beneficio concedido por la celestial providencia."
 -Código de Justiniano, lib. 3, tít. 12, párr. 2 (3) (en la edición, en Latín y castellano, por García del Corral, del Cuerpo del derecho civil romano, tomo 4, pág. 333, Barcelona, 1892). El original en latín se halla además en J. L. v. Mosheim: Institutionem Historia Ecclesiastica antiquioris et recensioris, sig. 4, parte 2, cap. 4, sec. 5, y en otras muchas obras. 

 *El Diccionario Enciclopédico Hisp.- Amer., art. Domingo, dice: "El emperador Constantino, en el año 321, fue el primero que ordenó una rigurosa observación del domingo, prohibiendo toda clase de negocios jurídicos, ocupaciones y trabajos; únicamente se permitía a los labradores que trabajaran los domingos en faenas agrícolas, si el tiempo era favorable. Una ley posterior del año 425 prohibió la celebración de toda clase de representaciones teatrales, y finalmente en el siglo VIII se aplicaron en todo su rigor al domingo cristiano las prohibiciones del Sábado judaico." EGWCS* 

NEANDER, notable profesor de historia Eclesiástica de Berlín, opina: “La fiesta del domingo, como toda las fiestas, no fue jamás sino una ordenanza humana; los apóstoles no soñaron como erigir un mandamiento divino al respecto, como tampoco soñó la Iglesia Apostólica Primitiva como trasladar al domingo las prescripciones del sábado”. Dios jamás puede aprobar dichos cambios. Nuestro Señor Jesús fustigó severamente a quienes anteponían enseñanzas humanas a las divinas (Salmos 89:33,34; San Mateo 15:3,9). 
 Cada ser humano tiene que decidir si respetará lo que Dios mandó o lo que cambiaron los hombres (Hechos 5:29; 1Juan 2:6).
 CBA MHP

No hay comentarios.:

Publicar un comentario